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22 abr 2025
Convocatoria para la obtención, por la vía excepcional, del diploma de acreditación en el área funcional de paliativos, en el ámbito de la Comunidad Autónoma del País Vasco.
En el BOPV de 24 de febrero de 2025, se publica RESOLUCIÓN de 16 de diciembre de 2024, del Director de Transformación, Planificación y Digitalización en Salud, por la que se convoca procedimiento para la obtención por vía excepcional del Diploma de Acreditación en el Área Funcional de Paliativos.
En esta resolución se aprueba y publica la convocatoria para la obtención, por la vía excepcional, del diploma de acreditación en el área funcional de paliativos, en el ámbito de la Comunidad Autónoma del País Vasco, de conformidad con la Orden SND/147/2023 de 26 de diciembre, por la que se regula el procedimiento de acreditación del diploma de acreditación en el área funcional de paliativos y con las bases previstas en el Anexo I de esta Resolución.
Requisitos de las personas solicitantes:
Podrá obtener de manera excepcional el DAP, la o el profesional sanitario objeto del diploma, que a la entrada en vigor de estas instrucciones reúna de manera acumulativa los requisitos A) y B) siguientes:
A) Acreditar, en los últimos diez años, un mínimo de cuatro años de práctica profesional, a tiempo completo, que se corresponderá, como mínimo, con la jornada ordinaria del personal estatutario de los servicios públicos de salud, en el conjunto de tareas incluidas en las competencias objeto de acreditación, dentro de la actividad de su puesto de trabajo, con evaluación del desempeño positiva así certificada en el Sistema Nacional de Salud por la institución sanitaria correspondiente con arreglo a sus normas de procedimiento, o por aquella acreditada por la Comunidad Autónoma en los términos señalados en el artículo 1.2. del Real Decreto 639/2015, de 10 julio. Igualmente, se valorará el desempeño en instituciones sanitarias internacionales.
– Si la actividad se realiza a tiempo parcial, deberá acreditarse una prestación de servicios equivalente.
– La práctica profesional ha debido realizarse en unidades, equipos de soporte hospitalarios o domiciliarios de cuidados paliativos reconocidos por la comunidad autónoma competente o U.67 autorizadas.
– Dicha certificación especificará las fechas en las que el profesional ha desempeñado satisfactoriamente las competencias objeto de acreditación.
B) Estar en posesión de título Máster o Experto Universitario en Cuidados Paliativos, oficial o título propio, impartidos por universidades o centros sanitarios que cumplan las condiciones y requisitos establecidos por la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de universidades, de la normativa establecida por la comunidad autónoma donde se encuentre ubicada y el Real Decreto 640/2021, de 27 de julio, de creación, reconocimiento y autorización de universidades y centros universitarios, y acreditación institucional de centros universitarios.
Plazo de presentación de las solicitudes. Las solicitudes de obtención de Diplomas de Acreditación en el Área Funcional de Paliativos por la vía excepcional prevista en el apartado 6.2 del Anexo de la Orden ND/1427/2023, de 26 de diciembre, podrán presentarse, de forma única y excepcional, durante los seis meses siguientes a la publicación de la presente convocatoria en el Boletín Oficial del País Vasco (24 AGOSTO 2025).
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